La Tarifa Social fue concebida para que los ciudadanos en situación de mayor vulnerabilidad paguen un precio más bajo por los servicios públicos, entre ellos el de electricidad.
Jubilados, pensionados o trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.
Trabajadores "monotributistas" inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en DOS (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil.
Beneficiarios de una Pensión no Contributiva que perciban ingresos mensuales.
Titulares de programas sociales (siempre que su ingreso no supere DOS (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil).
Trabajadores inscriptos en el Régimen de Monotributo Social (siempre que su ingreso no supere DOS (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil).
Trabajadores incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (26.844) (siempre que su ingreso no supere DOS (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil).
Titulares de un seguro de desempleo (siempre que su ingreso no supere DOS (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil).
Titulares de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Usuarios (o un familiar a cargo) que cuenten con certificado de discapacidad expedido por autoridad competente.
Jubilados, pensionados o trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.
Trabajadores "monotributistas" inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en DOS (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil.
Beneficiarios de una Pensión no Contributiva que perciban ingresos mensuales.
Titulares de programas sociales (siempre que su ingreso no supere DOS (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil).
Trabajadores inscriptos en el Régimen de Monotributo Social (siempre que su ingreso no supere DOS (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil).
Trabajadores incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (26.844) (siempre que su ingreso no supere DOS (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil).
Titulares de un seguro de desempleo (siempre que su ingreso no supere DOS (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil).
Titulares de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Usuarios (o un familiar a cargo) que cuenten con certificado de discapacidad expedido por autoridad competente.
Más de un inmueble
Aeronaves o embarcaciones de lujo
Un vehículo de hasta diez años de antigüedad (excepto los titulares de algún certificado de discapacidad).
TENÉS TIEMPO HASTA EL 04 DE AGOSTO.
En caso de tener tarifa social y/o ser:
Beneficiario de programas sociales
Personas con discapacidad
Jubilados y/o pensionados
Beneficiarios de seguros de desempleo
O si todavía no completaste tu solicitud, tenés que inscribirte en:
www.argentina.gob.ar/subsidios
O desde la App Mi Argentina